La Organización Internacional del Trabajo (OIT) emitió una resolución de alto impacto institucional en donde se reconoce incumplimientos del Estado argentino en la aplicación del Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales, en relación con la construcción de la Autovía de Punilla, y su impacto ambiental, patrimonio cultural y arqueológico. Asimismo, expresa su preocupación por los hechos de represión, judicialización y criminalización de dirigentes ambientales y sindicales. 

Por Redacción*

El reclamo fue presentado en el año 2022 por la CTA Autónoma, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), ATE Córdoba y el Círculo Sindical de la Prensa y la Comunicación de Córdoba (Cispren). Entonces se denunciaron la ausencia de consulta previa, libre e informada a las comunidades indígenas afectadas por el trazado de la obra. Además de irregularidades que se vinculan al impacto ambiental y la afectación del patrimonio cultural y arqueológico.

Tras casi cuatro años de análisis, el Consejo de Administración de la OIT aprobó las conclusiones del Comité Tripartito encargado de evaluar la denuncia. El pronunciamiento determinó que, efectivamente, existían comunidades indígenas alcanzadas por el proyecto y el Estado debía haber garantizado mecanismos de consulta adecuados antes de avanzar con decisiones administrativas de ejecución.

Entre los puntos más relevantes del informe, la OIT sostuvo que las audiencias públicas ambientales no constituyen por sí mismas procesos de consulta indígena, tal como exige el Convenio 169. Además, advirtió que no se acreditó que los estudios de impacto ambiental se hubieran realizado en cooperación con todas las comunidades involucradas, ni que se hubiera evaluó de forma integral la dimensión social, cultural, espiritual y ambiental del territorio afectado.

Otro aspecto a destacar del dictamen es que el organismo internacional descartó la interpretación restrictiva sostenida por las autoridades provinciales, que limitaba el derecho a consulta únicamente a comunidades  registradas de manera formal. El Comité recordó que la protección del Convenio alcanza a todas las comunidades indígenas, con independencia de su situación jurídica o registral.

En materia patrimonial, la OIT también tomó nota de las medidas judiciales dictadas para proteger sitios arqueológicos y culturales, especialmente en relación con la Comunidad Las Tunas, y solicitó al Estado argentino continuar garantizando, en cooperación con las comunidades afectadas, la preservación de esos bienes y recursos.

Asimismo, el informe incorpora preocupación por los hechos de represión, judicialización y criminalización de defensores ambientales y referentes sindicales ocurridos durante las protestas contra la obra. En ese sentido, el Comité requirió al Estado que informe sobre estas situaciones en futuras instancias de control de cumplimiento del Convenio.

La abogada Marcela Fernández, representante legal en las acciones de amparo de la causa, destacó que la resolución “confirma la existencia de graves falencias en los mecanismos de participación y consulta”. Consideró que “se trata de un antecedente de gran relevancia para la protección de los derechos colectivos de las comunidades originarias y para el control de futuros proyectos de infraestructura”.

Desde la CTA Autónoma Córdoba señalaron que la resolución constituye un reconocimiento internacional a una lucha sostenida durante años por comunidades indígenas, organizaciones sindicales y colectivos ambientales del Valle de Punilla, y reafirmaron su compromiso con la defensa del territorio, el ambiente y los derechos humanos.

El fallo de la OIT no implica la paralización de la obra ni la nulidad de las autorizaciones ambientales vigentes, pero establece un precedente significativo que fortalece la exigibilidad del derecho a la consulta previa y la participación efectiva de las comunidades en decisiones que afectan sus territorios y modos de vida.

Adjuntamos la carta enviada y la resolución emitida por la OIT

Carta enviada a OIT: GB357-INS-8-3-SP_0

Resolución: GB357-INS-8-3-SP_0 (1)

Imagen: www.cdmnoticias.com.ar