El fiscal acusó por cinco víctimas de homicidios abatidos por integrantes del Comando Radioeléctrico. Solicitó prisión e inhabilitación perpetua absoluta para Fernando Rocha, Pedro Nolasco Bustos, José Arturo Acevedo, Antonio Apolinar Astrada y Ricardo Perrín. Para los que cometieron delitos de privación ilegal de la libertad y tormentos agravados penas que van de tres a nueve años. Y nueve absoluciones.
Por Katy García
El fiscal Maximiliano Hairabedián dividió el análisis en dos grupos. El martes pasado expuso sobre siete de los nueve hechos que conforman la causa. Hoy analizó los últimos -octavo y noveno-que dan cuenta de los homicidios de José María Villegas y José Osatinsky; José Luis Nicola, Vilma Ethel Ortiz y Gustavo Gabriel Olmedo. Sobre el último hecho afirmó que quedó demostrado a través de la identificación de los restos de Olmedo que fueron asesinados por la espalda. Coincidió con la querella respecto al cercamiento en Barrio Guemes. Al concluir la exposición dio a conocer el pedido de condenas y absoluciones para los acusados. Carlos, hermano de Gustavo, mezclado con los demás familiares palpita que por fin habrá justicia. Al salir del recinto, no pudo contener las lágrimas al recordarlo.
Hecho Octavo
El 2 de julio de 1976, entre las 10 y las 11, Carlos Guillermo Berti, Néstor Morandini, José Osatinsky (15) y José María Villegas (21) se encontraban en una casa ubicada en Barrio Güemes. Alertados por una denuncia de vecinos sobre una explosión llegaron al lugar 11 móviles policiales pertenecientes al Comando Radioeléctrico, Unidad Regional Nº 1, de la Policía de la Provincia de Córdoba. Los cuatro muchachos huyen por el fondo y los techos. Son perseguidos y cercados a los tiros. Villegas y Osatinsky no consiguen saltar las paredes y son asesinados. Los otros jóvenes logran huir.
Para el fiscal no hay dudas que hubo una explosión en la casa y que alguien llamó a la policía. Que los móviles llegaron al lugar y que los habitantes de la casa huyeron. En ese marco persecutorio, dos logran huir y dos son abatidos. Hizo hincapié en que no hubo un “enfrentamiento” como dice la defensa. Por el contrario se preguntó si no fue “un asesinato alevoso con el concurso de un conjunto de personas”.
Tras analizar el informe oficial que consta en un libro de guardia afirmó que para la fiscalía es falso. Alude a que fueron recibidos a los tiros. “No fue así”, desmintió, y agregó que el reporte fue incorporado horas después. “La versión del enfrentamiento está totalmente descartada. No hubo impactos de disparos en la vivienda ni en las demás casas”, ratificó. “Fue un homicidio. No solo asesinaron, robaron todo, se quedaron en la casa y le costó a la dueña recuperarla”, enfatizó. Desde lo testimonial citó a Sara Solarz de Osatinsky, y a Raúl Berti, quienes recibieron información de primera mano por parte de Morandini y de Carlos Berti quienes pudieron ver que “no hubo tal enfrentamiento y que les dispararon mientras corrían”.
Añadió que los vecinos comentaron que uno de los chicos ingresó a la casa de la familia Biondo quienes le pidieron a la policía que no lo maten porque se iba a entregar.
El procedimiento
Hairabedián describió las funciones del Comando Radioeléctrico y negó que fuera “un grupo de tareas” el que se dirigió al lugar. No obstante aclaró que “Se trata de homicidios alevosos y hay que determinar quienes participaron con certeza en el momento en que matan a los jóvenes”.
Detalló cuáles fueron los móviles y quiénes los operaban. “No hace falta demostrar quiénes dispararon” o de qué arma salió el tiro. “Los que dispararon y cercaron, incurrieron en el delito de homicidio calificado”, afirmó. No fue difícil para el fiscal conocer cuáles fueron esos móviles y los operadores programados para salir al otro día. Dijo, que los seis primeros “estuvieron en la persecución y muertes” y que “todo sucedió de manera rápida. Los que estaban lejos, no tengo la certeza de que hayan llegado y participado”. Hubo quienes se encontraban en otros procedimientos. Y se dio el caso en que uno no logró llegar porque se accidentó en el camino.
El 348
En este móvil, el 348, Pedro Nolasco Bustos, jefe de coche, fue el primero en llegar. Iba secundado por Colazo (f). El fiscal pulverizó la declaración de Bustos “el que más declaró”. Refirió que sus afirmaciones fueron mendaces. Por caso, cuando se refirió al lugar del tiroteo o cuando dijo que no se bajó del coche “porque pensaba que era un chusmerío o tenía frío” cuando había recibido un llamado por una explosión. Sobre esta cuestión afirmó que “La explosión de la bomba (panfletera) no hizo ningún daño”. También rebatió sus dichos referidos a existencia de armas; de autoridades provinciales, y del juez Sánchez Freites, felicitándolos por el procedimiento. Del mismo modo, sostuvo que el barrio no había evacuado como dijeron Bustos y también Perrín “en términos más escuetos”.
Por la espalda
En el Pasaje Bello de barrio San Vicente fueron asesinados los militantes José Luis Nicola, Vilma Ethel Ortiz y Gustavo Gabriel Olmedo. “No hay dudas de que el procedimiento existió y que las muertes están comprobadas” y acotó que el estudio del Equipo Argentino de Antropología Forence (Eaaf) identificó el cadáver de Gustavo Olmedo y se pudo comprobar que fueron abatidos por la espalda
Dijo que la teoría del “enfrentamiento” sumaba elementos a favor y en contra. Explicó que a la luz de los libros de guardia, comunicados, informes de la morgue, y varios testimonios, se trataba de una “casa operativa” donde funcionaba una imprenta y que los jóvenes militaban en la Organización Comunista Poder Obrero (OCPO) “una organización político militar” que después del golpe se radicaliza y vuelca a la resistencia. Apuntó que en este caso existieron las felicitaciones y cinco días de licencia y que los diarios de la época abonaban la idea de enfrentamiento.
Tampoco la familia tenía claro cómo sucedieron los hechos. Recordó que Santiago Nicola –el bb rescatado con vida – expresó en su declaración que su abuela Irma Ramacciotti tomó contacto con un exalumno quien le aseguró que “no fue un enfrentamiento y que los mataron”.
Analizó que “Hay elementos para ambas hipótesis. Pero hay una prueba dirimente y es que fueron asesinados por la espalda, por atrás”, manifestó. Tal afirmación está sostenida en una resolución del Juzgado N° 3 que indica que “lo mataron con tres disparos desde atrás hacia delante”. Mostró a través de un PowerPoint el ingreso de las balas en la parte posterior del cráneo. El cuerpo fue encontrado en una fosa común del Cementerio San Vicente y luego identificado. En 2003, le fueron entregados los restos a la familia. Antes, habían sido identificados Mario Osatinsky, Liliana Sofía Barrios y Horacio Miguel Pietragalla.
Los hechos uno al siete
El martes pasado – tras la exposición de los abogados querellantes Claudio Orosz y Lyllan Luque en representación de la única querellante Sara Solarz de Osatinsky-el fiscal comenzó el alegato analizando los primeros siete hechos ocurridos entre abril y mayo de 1976. Las características comunes indican que las víctimas eran sometidas a privaciones ilegítimas de la libertad. Los sacaban de sus casas o lugares de trabajo como por ejemplo a Enrique Obdulio Borghi, detenido en la empresa SanCor. Luego los trasladaban al Departamento de Informaciones (D2) donde eran sometidos a tormentos. Ese periplo duraba días o meses para luego ser liberados o enviados a prisión.
Las víctimas eran Hugo Alberto Pavón Quiroga (desaparecido), Ramona Ángela Sánchez y Carlos Alberto Varella Alves (h1); Enrique Obdulio Borghi, (h2); Macario Bernabé Vaca, Celestino Fidelmino Ramírez (h3); Roberto David Garay (h4); Isaac Garay (h5); Roberto Leopoldo Esteso (h6); Mario RobertoTallei, Juan Carlos Molina (h7).
Pavón Quiroga
El hecho primero se concretó en Alta Gracia. Pavón Quiroga, el dueño de casa, y Ramona Ángela Sánchez y Carlos Alberto Varella Alves – quienes eran pareja y le alquilaban una pieza- fueron detenidos por personal policial, trasladados a la comisaría, y luego retirados por personal del D2. “Lo buscaban a él”, dijo el fiscal, refiriéndose a Pavón quien de acuerdo a varios testimonios fue “sometido a golpizas tremendas” que lo dejó en estado “deplorable”. La pareja recuperó su libertad a los pocos días. Pavón nunca salió en libertad como mintieron en el cuaderno de guardia sus verdugos.
“Esto permite sostener que fue asesinado”, afirmó. Reconstruyó el hecho en base a los dichos de los testigos que declararon durante el proceso y los documentos. “No hay dudas de que los acusados participaron y sabían que estaban actuando al margen de la ley”, señaló. Sin dudas “se trató de un asalto de bandidos, les robaron todo y los maltrataron”. Manifestó que está probado el dolo, el robo y el pillaje en el caso de los policías de Alta Gracia por la “modalidad delictiva”. Más adelante afirmó que Ramona Sánchez y Alvez (h1) no tenían militancia política. Pavón tampoco. Uno de los testigos declaró que le preguntaban por su novia. Lo mismo ocurrió con los detenidos en la empresa SanCor que les preguntaban sobre el asesinato de un gerente pero en realidad fue la excusa para indagar sobre la actividad sindical.
Bustamante
Uno de los acusados, Miguel Ángel Bustamante, a cargo de la alcaidía, era el titular de la Guardia de Infantería. Fue imputado de acuerdo a la instrucción por privación ilegal de la libertad y porque no evitó que siguieran los tormentos sufridos por los detenidos. Destacó que el lugar era un alojamiento general de presos y que si bien funcionaban en el mismo espacio tenían regímenes distintos. Citó las declaraciones de varios testigos que afirmaron que “el trato era diferente” que recibían visitas, comida y podan ir al baño. “Uno era el infierno y otro las vacaciones”, dijo otro testigo. En este punto dijo que “debía ser desincriminado en cuanto a los tormentos” y de hecho lo hizo.
En relación a la privación ilegal de la libertad apuntó que el manejo de los presos era competencia del D2. Que la Alcaidía les daba ingreso y previo alojarlos los revisaba un médico según consta en los libros de guardia. Tras analizar las condiciones “legales” permitidas de la época -estado de sitio, detenciones sin orden judicial, por averiguación de antecedentes, a disposición del PEN-, concluyó que no podía “probar el dolo en esa “pseudolegalidad de época”. No obstante afirmó que las detenciones de Pavón Quiroga, Tallei y Molina eran ilegales.
Pedidos de condena
Para Miguel Ángel Gómez: nueve años de prisión por privación ilegítima de la libertad más imposición de tormentos agravada y participación reiterada, (Hechos 1,2,3,4,5 y7, en perjuicio de Ramona Ángela Sánchez, Carlos Alberto Varella Alves, Hugo Alberto Pavón Quiroga, Enrique Obdulio Borghi, Macario Bernabé Vaca, Celestino Fidelmino Ramírez, Roberto David Garay, Isaac Garay, Mario Roberto Tallei y Juan Carlos Molina en calidad de coautor y en concurso real. (arts. 45 y 55), conforme al Código Penal vigente al tiempo de cada uno de los hechos.
El ex funcionario Miguel Ángel Bustamante acargo de la Alcaidía pidió una condena de tres años de prisión de ejecución condicional como autor mediato de privación ilegítima de la libertad agravada (hechos 1 y 7). A la vez, que sea absuelto por privación ilegítima de libertad agravada en perjuicio de Isaac Garay y Obdulio Borghi, y los tormentos (hechos 1,2,3, 5,y 7).
Tres años para Roque Osvaldo Cámara, José Antonio Cuello y Fernando Martín Rocha, por privación ilegítima de libertad agravada (h1, 4 y5) y como coautores en concurso real.
Asimismo le pidió al Tribunal que beneficie con la absolución a: Ramón Zalazar, y Roberto Andrés Isaía, por privación Ilegítima de Libertad agravada(h7).
Por el hecho octavo pidió para Fernando Rocha, Pedro Nolasco Bustos, José Arturo Acevedo y Antonio Apolinar Astrada, prisión e inhabilitación absoluta perpetua porhomicidio agravado en perjuicio de: José Osatinsky y José María Villegas, como coautor y en concurso real. Al mismo tiempo y por el mismo hecho la absolución de Hugo Oscar Pérez, Víctor Hugo Núñez, Delfín Jesús Barrionuevo, Gilberto Antonio Montiveros, Aurelio Gallego y Raúl del Prado.
Asimismo, para Ricardo René Perrín, también se pidió prisión e inhabilitación absoluta perpetua por el delito de homicidio agravado en perjuicio de José Osatinsky, José María Villegas, José Luis Nicola, Vilma Ethel Ortiz y Gustavo Gabriel Olmedo. Como coautor y en concurso real (arts. 45 y 55), conforme al Código Penal vigente al tiempo de cada uno de los hechos. (h8 y 9).
En el caso de Esteso dejó a criterio del Tribunal la resolución.
Luego de un cuarto intermedio comenzaban los alegatos de la defensa. El próximo martes siguen los alegatos de la defensa.
Quien desee asistir deberá concurrir con DNI. También se podrá seguir por el canal del CIJ.
Fotografía Nicolás Castiglioni (Archivo)
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